Orden de 14 de noviembre de 2022 por la que se extiende la norma de la Asociación de Armadores de Cerco de Galicia (Acerga OPP-82) a todos los productores que desembarquen y comercialicen jurel procedente de las capturas de la flota de cerco en las divisiones 8c y 9a en puertos situados en la Comunidad Autónoma de Galicia

Órgano o entidad tramitadora: Dirección General de Pesca, Acuicultura e Innovación Tecnológica

Departamento: C. del Mar - Dirección General de Pesca, Acuicultura e Innovación Tecnológica

Inicio de la tramitación: 10/01/2022

Fecha de la publicación en el DOG: 30/11/2022

Objeto:

extender la norma de la Asociación de Armadores de Cerco de Galicia (ACERGA OPP-82), que fija para su flota de cerco un límite máximo de 750 kg por tripulante y día para los desembarques de jurel procedente de las divisiones 8c y 9a en puertos situados en la Comunidad Autónoma de Galicia, a todos los productores que desembarquen y comercialicen jurel procedente de las capturas de la flota de cerco en las divisiones 8c y 9a en puertos situados en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Estado actual: Aprobada y publicada en el DOG

Sugerencias recibidas: 13