Orden por la que se establece el currículo de los ciclos formativos de grado superior en la Comunidad Autónoma de Galicia

Órgano o entidad impulsora: Secretaría General de Educación y Formación Profesional

Departamento: Consellería de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional

Estado actual: Consulta cerrada

Plazo en el que estuvo abierta la consulta: 26/03/2026 - 09/04/2026

Información sobre la norma :

  • Antecedentes:

    La Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la formación profesional, y su desarrollo mediante el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de formación profesional, y el Real decreto 500/2024, de 21 de mayo, por el que se modifican determinados reales decretos por los que se establecen títulos de formación profesional de grado superior y se fijan sus enseñanzas mínimas, establecieron, entre otras cuestiones, los elementos básicos del currículo de las distintas ofertas del Sistema de Formación Profesional. 

    En el ejercicio de sus competencias, la Comunidad Autónoma de Galicia ha aprobado el Decreto 20/2026, de 9 de marzo, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo de Galicia.

    Una vez definido dicho marco de ordenación, resulta necesario completar su desarrollo normativo mediante la aprobación de la regulación específica de los currículos de los ciclos formativos de grado superior, correspondientes a la oferta de grado D y nivel 3 del Sistema de Formación Profesional, conducentes a la obtención del título de Técnico/a Superior, en coherencia con la normativa básica estatal, el Decreto 20/2026  y con las necesidades del tejido productivo y social de Galicia.

  • Problemas que se pretenden solucionar:

    La implantación del nuevo Sistema de Formación Profesional requiere el desarrollo autonómico de los currículos de los ciclos formativos de grado superior, que permita la implantación ordenada de estas enseñanzas. La ausencia de esta regulación, puede generar diferencias en su desarrollo entre centros educativos y reduce la seguridad jurídica del sistema, afectando a centros, profesorado y alumnado.

  • Necesidad y oportunidad de su aprobación:

    Una vez aprobado el marco autonómico de ordenación y organización de la formación profesional, resulta necesario y oportuno completar su desarrollo mediante la aprobación de la normativa específica que establezca los currículos de los ciclos formativos de grado superior, garantizando su adecuación al nuevo modelo estatal derivado de la Ley Orgánica 3/2022.

    La aprobación de esta Orden permitirá una implantación homogénea, coherente y jurídicamente segura de los ciclos formativos de grado superior en Galicia, así como su adaptación a las necesidades del tejido productivo, social y territorial.

  • Objetivos:

    Son objetivos del proyecto de orden:

    • Establecer los currículos de los ciclos formativos de grado superior correspondientes a la oferta de grado D y nivel 3 en la Comunidad Autónoma de Galicia, adecuándolos a las necesidades actuales y futuras del sistema productivo gallego.
    • Desarrollar y concretar, en el ámbito curricular, lo dispuesto en la normativa básica estatal y en el Decreto 20/2026.
    • Garantizar una implantación homogénea de estas enseñanzas en todos los centros educativos de la Comunidad Autónoma.
  • Posibles soluciones, alternativas, regulatorias y no regulatorias:

    No es posible conseguir los objetivos indicados con soluciones alternativas reguladoras y no reguladoras.

  • Rango de la norma:

    Orden

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