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Antecedentes:
no existe en nuestra Comunidad Autónoma una Ley de Ordenación del litoral, por lo que hace falta abordar dicha regulación, en el marco de la regulación vigente, tanto a nivel estatal, como autonómico, en concreto:
- Ley 22/1988, 28 julio, de Costas.
- Ley 2/2013, de 29 de mayo, de protección y uso sostenible del litoral y de modificación de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas.
- Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Costas.
- Ley 1/2021, de 8 de enero, de ordenación del territorio de Galicia.
- Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia.
- Decreto 19/2011, de 10 de febrero, por el que se aprueban definitivamente las directrices de ordenación del territorio de Galicia.
- Decreto 20/2011, de 10 de febrero, por el que se aprueba definitivamente el Plan de Ordenación del Litoral de Galicia.
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Problemas que se pretenden solucionar:
La sostenibilidad del litoral debe ser contemplada en la triple dimensión: ambiental, económica y social. La Ley de ordenación del litoral debe recoger los instrumentos necesarios para garantizar que así sea, mediante una adecuada regulación y planificación de los usos y actividades que puedan realizarse en la amplia franja que será objeto de regulación.
Se pretende facilitar, mediante una planificación racional de las actividades, el desarrollo sostenible de las zonas costeras, garantizando que se tengan en cuenta el medio ambiente y los paisajes de forma conciliada con el desarrollo económico, social y cultural. Se fomentarán medidas de conservación de las playas naturales y de aumento de su calidad ambiental. Contribuirá a preservar las zonas costeras, sus ecosistemas y las especies protegidas, en beneficio de las generaciones presentes y futuras y la integridad de los ecosistemas de la costa, de sus paisajes y la geomorfología costeros.
Se trata de prevenir y reducir los efectos de los riesgos naturales, y en particular de la emergencia climática, y adaptar las zonas costeras a los efectos del cambio climático, garantizando la coherencia entre las iniciativas públicas y privadas, priorizando siempre las iniciativas de conservación, recuperación y protección. Con ello se ayudará a prevenir y mitigar el cambio climático y a fortalecer la biodiversidad y preservación de las especies protegidas, a la vez que se regulan las actividades y usos que pueden desarrollarse en la Costa, con el urbanismo, la protección medioambiental , el paisaje y las actividades socioeconómicas en plena sintonía.
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Necesidad y oportunidad de su aprobación:
La necesidad del posicionamiento jurídico, político y administrativo para la protección del litoral está reconocida por las instituciones de la Unión Europea, que instan a los estados miembros a implantar las políticas de sensibilización y reconocimiento del litoral, destacando su interés público por el impacto en el cambio climático y la sostenibilidad.
Se precisa, por lo tanto, un marco legislativo de máximo nivel que defina su objeto y ámbito de manera que haga exigible esta toma de conciencia al redactar o aplicar otras normas que afecten al litoral. En consecuencia, se trazan unas líneas maestras que no pretenden la modificación de la legislación vigente sino su coordinación, bajo el prisma aglutinador de la protección del litoral.
Así se contribuirá a establecer un marco de referencia para la ordenación de la zona litoral mediante una normativa de conservación, protección y puesta en valor de las zonas costeras, otorgando seguridad jurídica.
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Objetivos:
- Autogobernar nuestro litoral definiendo el litoral sobre el que Galicia tiene competencia exclusiva.
- Regular la costa gallega en colaboración con la propia comunidad esencialmente costera, y los agentes que trabajan en dicha costa, con un gran conocimiento y potencialidad de sus necesidades ambientales y de ordenación.
- La ordenación del litoral contemplará especialmente la dimensión ambiental y la protección de la costa frente al Cambio Climático,pero también la dimensión económica y social.
- Facilitar la planificación de los usos de la costa por tramos y establecer la gestión de los usos del litoral.
- Regular el sistema de planeamiento del litoral y la participación de la sociedad en la elaboración de los planes costeros especialmente de los municipios costeros, la población local y los sectores de la sociedad civil.
- Regular las actividades que tengan en la Costa el ámbito necesario para su desarrollo, teniendo en cuenta conjuntamente el urbanismo, la protección medioambiental , el paisaje y las actividades socioeconómicas.
- Identificar actividades estratégicas y prioritarias para Galicia, establecer un procedimiento integrado de ejercicio de actividades y los criterios de otorgamiento de concesiones y autorizaciones en la costa.
- Concretar criterios generales para autorizar los servicios de temporada en las playas gallegas y regular los cambios de actividad en la zona de servidumbre de protección.
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Posibles soluciones, alternativas, regulatorias y no regulatorias:
No existe solución alternativa.
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Rango de la norma:
Ley