Ley del tercer sector de la acción social en Galicia

Órgano o entidad impulsora: Dirección General de Inclusión Social

Departamento: Consellería de Política Social e Igualdad - Consellería de Política Social e Igualdad - Dirección General de Inclusión Social

Estado actual: Consulta cerrada

Plazo en el que estuvo abierta la consulta: 29/04/2026 - 13/05/2026

Información sobre la norma :

  • Antecedentes:

    Galicia cuenta con un tejido social extenso, plural y activo, representado por entidades y organizaciones que surgen de la libre iniciativa ciudadana y canalizan la solidaridad organizada y la participación social de la ciudadanía, en general, y de las propias personas, familias, grupos o comunidades afectadas por una situación, problema o necesidad de carácter social. Estas entidades de iniciativa social, que surgen de la sociedad gallega y cuentan con una base social integrada por personas socias y personas voluntarias, además de, habitualmente, personal contratado remunerado, y cuyo fin o misión principal consiste en realizar actividades en el ámbito de la intervención social, conforman el tercero sector de la acción social en Galicia. 

    Son organizaciones que trabajan a favor de las personas mayores, de la infancia y de la adolescencia, de la juventud, de las mujeres, de las personas que sufren o sufrieron la violencia de género, de las personas con discapacidad o con dependencia, de las personas afectadas por una enfermedad, de las personas inmigrantes, de las personas en situación de desempleo, de las personas en situación o riesgo de exclusión social, así como de otras personas o grupos, o de la población en general. En consecuencia, su ámbito de actuación abarca, no solo el ámbito de los servicios sociales en sentido estricto, sino también otros ámbitos encuadrados en las políticas sociales en sentido amplio, como el empleo, la vivienda, la sanidad, la educación, la accesibilidad o el sistema de garantía de ingresos y para la inclusión social.

  • Problemas que se pretenden solucionar:

    Es necesario ordenar y dotar de un estatuto jurídico común, propio y específico al conjunto de las numerosas entidades y organizaciones que integran el tercero sector de la acción social en Galicia, que presentan una grande diversidad y heterogeneidad, tanto en su forma jurídica como en su organización, objeto y funcionamiento.

    De esta manera, se pretende, por una parte, fortalecer a las entidades y organizaciones del tercero sector de la acción social, habida cuenta de su rol cada vez más importante como proveedoras de servicios de bienestar, y por otra, reforzar la propia estructuración del tercero sector de la acción social en Galicia, mediante el apoyo a las redes de organizaciones y a su convergencia, e impulsar tanto el diálogo de la sociedad civil con el sector público como el diálogo de los diferentes sectores y agentes sociales sobre el modelo de sociedad y de desarrollo, y sobre la acción de cada uno de ellos.

  • Necesidad y oportunidad de su aprobación:

    La necesidad de aprobar esta nueva ley viene justificada por la importante presencia de estas entidades en Galicia, dado que existen cerca de 1.500 entidades que integran el tercero sector de la acción social de Galicia, que vienen realizando un número muy importante de intervenciones sociales en nuestra comunidad autónoma.

    Esta realidad, unida a la dispersión territorial, a la existencia de núcleos de población muy pequeños y a un envejecimiento elevado, les dio una mayor relevancia a estas entidades que presentan un importante arraigo e implantación en el territorio, circunstancia que las configura como entidades idóneas, por su mayor cercanía y relación con los ciudadanos, para detectar y dar cobertura la determinadas situaciones de mayor vulnerabilidad social.

    La multiplicidad y diversidad de las entidades y organizaciones del tercero sector de la acción social en Galicia hace necesario aprobar una regulación que permita ordenarlas, delimitar sus características o elementos *definitorios y establecer los principios que deben informar su acción, así como la acción del sector público en relación con las dichas organizaciones.

  • Objetivos:

    • Reforzar la colaboración entre las Administraciones públicas y el tercero sector de la acción social en el diseño de las políticas sociales para responder a los desafíos de una sociedad global.
    • Articular y consolidar los espacios de cooperación y coordinación entre las distintas ramas de la protección social (sanitaria, educativa, empleo, vivienda...) con la implicación del tercero sector.
    • Avanzar hacia nuevas formas de relación con la sociedad civil, que permitan promover un modelo de Administración abierta, en la que las entidades del tercero sector tienen una mayor implicación y un mayor protagonismo en los asuntos públicos desde la perspectiva del servicio a las personas.
  • Posibles soluciones, alternativas, regulatorias y no regulatorias:

    Se considera imprescindible la regulación de un estatuto jurídico común, propio y específico para el conjunto de las entidades y organizaciones que integran el tercero sector de la acción social en Galicia mediante la aprobación de una norma con rango de ley.

  • Rango de la norma:

    Ley

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