Ley 3/2019, de 2 de julio, de ordenación farmacéutica de Galicia

Órgano o entidad tramitadora: Secretaría General

Departamento: Consellería de Sanidad

Inicio de la tramitación: 28/12/2017

Fecha de la publicación en el DOG: 10/07/2019

Objeto:

es la regulación de la atención farmacéutica en Galicia, entendida como un servicio de interés público que comprende un conjunto de actuaciones que deben prestarse en todos los niveles de nuestro sistema sanitario, dirigidas a garantizarle a la ciudadanía el acceso rápido, eficaz, oportuno, equitativo y racional a los medicamentos y productos sanitarios que precise. Un servicio que además contribuya a hacer un uso racional y eficiente de ellos en los distintos niveles de asistencia sanitaria y en el ámbito de la salud pública, que siempre deberá ser prestado bajo la responsabilidad y supervisión de los/as profesionales farmacéuticos/as, en relación con la adquisición, custodia, conservación, distribución y dispensación de medicamentos y productos sanitarios.

Se realiza desde una perspectiva amplia, integradora de los diferentes sectores que llevan a cabo la distribución y dispensación de medicamentos y productos sanitarios. Por tal motivo, esta ley regula la atención farmacéutica prestada a través de las oficinas de farmacia y boticas anexas, así como la prestada a nivel de atención primaria y especializada, a través de los servicios farmacéuticos en los centros de atención primaria y de los servicios de farmacia de los hospitales y en las entidades prestadoras de servicios sociales y otros centros sanitarios. Persiguiendo, en todo caso, una actuación coordinada de los distintos niveles, para ofrecerle a la ciudadanía una atención farmacéutica integral.

Estas razones motivan la necesidad y oportunidad de promulgar una nueva ley más acorde con los nuevos tiempos, para lo cual se contemplan distintas novedades respeto de la regulación de la que ahora disponemos.

Estado actual: Aprobada y publicada en el DOG

Sugerencias recibidas: 57