Orden por la que se establecen las bases y se regula el procedimiento para la obtención de las titulaciones de marinero/a pescador/a, patrón/patrona local de pesca y patrón/patrona costero/a polivalente en la Comunidad Autónoma de Galicia

Órgano o entidad impulsora: Dirección General de Desarrollo Pesquero

Departamento: C. del Mar - Dirección General de Desarrollo Pesquero

Estado actual: Consulta cerrada

Plazo en el que estuvo abierta la consulta: 18/11/2025 - 02/12/2025

Información sobre la norma :

  • Antecedentes:

    La Orden de 31 de julio de 2014 por la que se establecen las bases y se regula el procedimiento para la obtención de las titulaciones de marinero/a pescador/a, patrón/patrona local de pesca y patrón/patrona costero/a polivalente en la Comunidad Autónoma de Galicia.

    El Real decreto 36/2014, de 24 de enero, por el que se regulan los títulos profesionales del sector pesquero, entre otras cuestiones, establece el marco normativo básico para la obtención de los títulos profesionales de marinero/a pescador/a, patrón/patrona local de pesca y patrón/patrona costero/a polivalente. 

  • Problemas que se pretenden solucionar:

    La falta de cambio generacional en el sector pesquero.

    La dificultad de adaptación a las distintas realidades de los profesionales del sector para garantizar la continuidad de la actividad pesquera.

  • Necesidad y oportunidad de su aprobación:

    Impulsar la entrada al sector de nuevos profesionales, por lo que se hace necesario adaptar los requisitos de acceso a las titulaciones reguladas en esta Orden a las distintas realidades de los profesionales del sector para garantizar la continuidad de la actividad pesquera. Así, se reduce  el número de horas del curso de marinero/a pescador/a de las 50 a las 23 horas establecidas en el Real decreto 36/2014.

    Igualmente, para el acceso al curso de marinero/a pescador/a, no se exige el requisito de tener cumplidos los 16 años, este requisito se exige en la fecha de realización del examen o prueba libre.

    Se incluye, asimismo,  la posibilidad de matricularse en los cursos regulados en la orden presentando como documentación complementaria copia del Pasaporte, en caso de que el solicitante no disponga de DNI o NIE.

  • Objetivos:

    El objeto de esta orden es establecer las bases y regular el procedimiento para la obtención de las titulaciones profesionales náutico-pesqueras de marinero/a pescador/a, patrón/patrona local de pesca y patrón/patrona costero/a polivalente en la Comunidad Autónoma de Galicia. 

  • Posibles soluciones, alternativas, regulatorias y no regulatorias:

    No puede apreciarse una alternativa no regulatoria, ya que debe elaborarse una disposición reglamentaria con rango de orden por precisarse la derogación de la actualmente en vigor.

  • Rango de la norma:

    Orden