Objeto:
la Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia establece en su artículo 97 que la modernización del sistema requiere la introducción de modelos de gestión que dinamicen el servicio público, con fórmulas organizativas que tengan una visión horizontal e integradora de los procesos asistenciales que superen la compartimentación existente entre niveles asistenciales y especialidades.
La experiencia de los últimos años pone de manifiesto que para un abordaje más adecuado de determinadas patologías se requiere de una organización más transversal, en la que profesionales de distintos niveles asistenciales, y pertenecientes a diferentes servicios, se coordinen para prestar una atención integral y, entre otros, acordar e implantar protocolos integrados que repercutan en un mayor grado de eficacia y eficiencia de la atención sanitaria a los pacientes.
Con la orden que se está tramitando se pretende establecer un modelo general de atención en Unidades Funcionales Multidisciplinares, con el fin de otorgar una atención de máxima calidad a determinadas patologías o especialidades que requieren de una intervención multidisciplinar.
Se trata de establecer un sistema o modelo de organización de los recursos asistenciales que el Servicio Gallego de Salud pone a disposición de la ciudadanía más eficaz, eficiente y completo, de manera que en el caso de determinadas patologías o problemas médicos que pueda padecer una persona (paciente) estos sean atendidos de manera coordinada por los distintos servicios médicos que se considere preciso que intervengan. Ejemplos de este modelo son las Unidades Funcionales Multidisciplinares Post-Covid, o las de Enfermedades Raras, en las que se observó en la práctica las necesidades de este tipo de ordenación y organización funcional.