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Órgano o entidad tramitadora: Secretaría General Técnica
Departamento: Consellería de Política Social - Secretaría General Técnica
Inicio de la tramitación: 23/05/2016
Fecha de la publicación en el DOG: 26/07/2016
A través de la presente orden, al amparo de la disposición adicional primera del Decreto 99/2012, de 16 de marzo, por el que se regulan los servicios sociales comunitarios y su financiación, se modifica el apartado tercero del artículo 4,7 concretamente los módulos económicos para la renovación anual de la financiación de los gastos de personal de los servicios sociales comunitarios, tomando como referencia el personal financiado y correctamente justificado en el ejercicio inmediatamente anterior.
En el proyecto de la orden se establece un régimen transitorio referido a la posibilidad de revisar la solicitud de financiación para el 2016 por aquellas corporaciones locales que ya tuviesen completada la presentación de su proyecto anual de servicios sociales comunitarios municipales, conforme a lo previsto en el artículo 43 y siguientes de dicho Decreto 99/2012, de 16 de marzo, reabriéndose la posibilidad de revisar y replantear su solicitud con la finalidad de que puedan adaptarla a los nuevos módulos económicos para la financiación de los gastos de personal de los servicios sociales comunitarios aprobados por la presente orden.
Estado actual: Aprobada y publicada en el DOG