Decreto por el que se regulan las enseñanzas universitarias oficiales en la Comunidad Autónoma de Galicia

Órgano o entidad impulsora: Secretaría General de Universidades

Departamento: Consellería de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional

Estado actual: Consulta cerrada

Plazo en el que estuvo abierta la consulta: 28/07/2026 - 21/08/2026

Información sobre la norma :

  • Antecedentes:

    El Decreto 222/2011, de 2 de diciembre, por el que se regulan las enseñanzas universitarias oficiales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia. Desde su aprobación, este decreto constituyó un instrumento esencial e imprescindible para el reglamento de las líneas y criterios para de ordenación del sistema universitario de Galicia.
    A lo largo de sus más de quince años de vigencia, esta norma se vio afectada por los diferentes cambios normativos de la Ley orgánica de universidades y disposiciones de desarrollo.

    La aprobación de la Ley orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (LOSU), el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de la calidad,  introducen una profunda modificación del marco jurídico estatal aplicable para la existencia y creación de nuevas universidades, estructuración de las memorias el número mínimo de titulaciones en nuevas universidades... lo que hace necesaria la adaptación de la normativa autonómica vigente para garantizar la coherencia normativa y la seguridad jurídica.

  • Problemas que se pretenden solucionar:

    El régimen actual regulado en el Decreto 222/2011, de 2 de diciembre, presenta limitaciones y deben actualizarse para mantener una regulación que sea acorde con los objetivos y modificaciones significativas que se contemplan a nivel nacional, al producirse cambios de diversa índole:

    • Consolidación del número de créditos de los títulos de Grado, MU y Programas de Doctorado
    • Adscripción de las cinco ramas de conocimiento a los ámbitos de conocimiento
    • Los resultados del proceso de formación y aprendizaje deben concretarse en la correlación entre los conocimientos el contenidos, competencias y habilidades o destrezas.
    • Incorporación de la mención Dual, programas académicos de simultaneidad, programas académicos de recorrido sucesivo
    • Enseñanzas propias de las universidades
    • Actualizar la cuantificación de estudiantado de nuevo ingreso en las titulaciones de grado, máster universitario y programas de doctorado para su mantenimiento en el sistema público universitario
  • Necesidad y oportunidad de su aprobación:

    La modificación del Decreto 222/2011 resulta necesaria para adaptar las líneas y criterios de ordenación del sistema universitario a la realidad actual, aprovechando la oportunidad de creación de una nueva regulación en consonancia con la normativa estatal.

  • Objetivos:

    • Establecer como obligatorio un mapa de titulaciones coherente y coordinado, aplicable a todas las universidades del Sistema Universitario de Galicia
    • Ante la inminente disminución de la población resultante de una tasa de crecimiento demográfica negativa, se reducirá el nivel de exigencia del número mínimo de alumnado de nuevo ingreso en las titulaciones de grado y máster universitario, manteniendo la diferenciación entre campus centrales y campus no centrales
  • Posibles soluciones, alternativas, regulatorias y no regulatorias:

    Dado que se trata de abordar una profunda revisión y actualización de las líneas generales de organización de las enseñanzas universitarias en el conjunto de la comunidad autónoma y en cumplimiento de los objetivos de la nueva regulación estatal, las universidades de la comunidad autónoma no pueden ser ajenas las políticas educativas superiores, por lo que la regulación de la presente norma resulta idónea.

  • Rango de la norma:

    Decreto

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