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Antecedentes:
El artículo 2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, regula que uno de los fines del sistema educativo es capacitar para garantizar la plena inserción del alumnado en la sociedad digital y el aprendizaje de un uso seguro de los medios digitales.
El Decreto 123/2021, de 2 de septiembre, regula el Marco gallego de competencias digitales y la certificación gallega en competencias digitales, que tiene como referencia el Marco de competencias digitales para la ciudadanía, publicado por el Centro Común de Investigación (JRC, Joint Research Center) de la Unión Europea, en su versión DigComp 2.1, e incorpora las aportaciones pertinentes de la versión 2.2 publicada en marzo de 2022.
La Ley 7/2022, de 27 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas, en su exposición de motivos, apartado II, señala la incorporación en la Ley 4/2019, de 17 de julio, de administración digital de Galicia de una nueva disposición adicional, con el objeto de establecer que las competencias digitales en el sistema educativo gallego le corresponden a la consellería con competencias en materia de educación, tanto para el personal docente, de acuerdo con su marco específico de referencias de competencia digital docente, como para el alumnado.
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Problemas que se pretenden solucionar:
La competencia digital implica el uso seguro, saludable, sostenible, crítico y responsable de las tecnologías digitales para el aprendizaje, para el trabajo y para la participación en la sociedad, así como la interacción con dichas tecnologías. Incluye la alfabetización en información y datos, la comunicación y la colaboración, la alfabetización mediática, la creación de contenidos digitales (incluida la programación), la seguridad (incluido el bienestar digital) y las competencias relacionadas con la ciudadanía digital, la privacidad, la propiedad intelectual, la resolución de problemas y el pensamiento computacional y crítico.
La capacitación digital se convierte en un elemento imprescindible para garantizar la participación de todos los gallegos y las gallegas en la vida política, económica, cultural y social. Toda vez que la competencia digital se desarrolla y adquiere con los aprendizajes en las distintas áreas educativas, resulta necesario reconocer y acreditar la competencia digital adquirida en las etapas educativas para la plena participación en la sociedad actual y contribuir a mejorar el acceso al mercado laboral por parte del alumnado.
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Necesidad y oportunidad de su aprobación:
Se hace necesario que el sistema educativo dé respuesta a la realidad social e incluya un enfoque de la competencia digital más moderno y amplio, acorde con las recomendaciones europeas relativas a las competencias clave para el aprendizaje permanente.
En relación con lo anterior, la Xunta de Galicia desarrolla un ecosistema educativo de alto rendimiento con la puesta en marcha de la Estrategia Educación Digital 2030, que consta de 12 líneas estratégicas que pivotan sobre dos ejes: generar “un ecosistema” digital en los centros educativos y formar tanto a profesorado como a alumnado en estas nuevas competencias y tecnologías.
La acreditación de competencias digitales es una de las acciones de impacto definidas en esta Estrategia Educación Digital 2030, enfocadas a una mayor presencia de la educación digital en las aulas con el fin de conseguir la ciudadanía digital plena.
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Objetivos:
Regular la acreditación de la competencia digital del alumnado mediante validación de estudios en las distintas etapas educativas de enseñanza no universitaria o bien por superación de una prueba específica de acreditación de los diferentes niveles establecidos en el Marco gallego de competencias digitales.
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Posibles soluciones, alternativas, regulatorias y no regulatorias:
Se considera que para cumplir el mandato normativo la mejor alternativa es desarrollarlo a través de una norma con rango de orden.
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Rango de la norma:
Orden