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Órgano o entidad impulsora: Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa
Departamento: Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades - Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa
Estado actual: Consulta cerrada
Plazo en el que estuvo abierta la consulta: 26/01/2023 - 09/02/2023
Información sobre la norma :
Antecedentes:
El Real Decreto 14/2023, de 17 de enero, por el que se modifica el Real Decreto 242/2009, de 27 de febrero, por el que se establecen validaciones entre las enseñanzas profesionales de Música y de Danza y la Educación Secundaria obligatoria y el Bachillerato, así como los efectos que sobre la materia de Educación Física deben tener la condición de deportista de alto nivel o alto rendimiento y las enseñanzas profesionales de Danza adaptó los anexos II, III, IV y V de validaciones entre diversas materias de bacharelato e determinadas asignaturas profesionales de música y de danza, y de dichas asignaturas con las materias de bachillerato, para acomodarlos a las nuevas materias de bachillerato introducidas con la aprobación de la Ley orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
En Galicia, la norma de aplicación actual es la Orden de 7 de julio de 2010 por la que se establecen medidas de ordenación académica para el alumnado que cursa las enseñanzas profesionales de música y de danza y las enseñanzas de régimen general.
Problemas que se pretenden solucionar:
Regular las validaciones de materias y asignaturas entre las enseñanzas de educación secundaria obligatoria y de bachillerato con las enseñanzas de música y de danza, así como con otras consideraciones como tener la condición de deportista de alto nivel o alto rendimiento.
Necesidad y oportunidad de su aprobación:
Actualizar la normativa gallega a la nueva ley educativa y a los cambios introducidos por el Real decreto 14/2023, de 17 de enero.
Objetivos:
Concretar los aspectos de validación y exención de materias entre las mencionadas enseñanzas y la condición de deportista de alto nivel o alto rendimiento para el sistema educativo gallego.
Posibles soluciones, alternativas, regulatorias y no regulatorias:
En la Disposición última segunda del Decreto 156/2002, de 15 de septiembre, por el que se establecen la ordenación y el currículo de la educación secundaria obligatoria en la Comunidad Autónoma de Galicia y del Decreto 157/2022, de 15 de septiembre, por el que se establecen la ordenación y el currículo del bachillerato en la Comunidad Autónoma de Galicia se faculta la persona titular de la consellería con competencias en materia de educación para dictar cuantas disposiciones sean precisas en lo relativo a su desarrollo.
Por lo tanto, se considera que para cumplir el mandato normativo la mejor alternativa es desarrollarlo a través de una norma con rango de orden.
Rango de la norma:
Orden