Decreto por el que se modifica el Decreto 149/2011, de 7 de julio, por el que se establece el Catálogo oficial de razas ganaderas autóctonas de Galicia, se regula el reconocimiento oficial de las asociaciones de criadores de razas autóctonas de Galicia que creen o gestionen libros genealógicos y se aprueban los programas para su conservación, mejora y fomento

Órgano o entidad impulsora: Dirección General de Ganadería, Agricultura e Industrias Agroalimentarias

Departamento: C. del Medio Rural - Dirección General de Ganadería, Agricultura e Industrias Agroalimentarias

Estado actual: Consulta cerrada

Plazo en el que estuvo abierta la consulta: 06/07/2022 - 20/07/2022

Información sobre la norma :

  • Antecedentes:

    La Consellería de Medio Rural, a través del Decreto 149/2011, de 7 de julio, estableció el Catálogo oficial de razas ganaderas autóctonas de Galicia, y reguló el reconocimiento oficial de las asociaciones de criadores de razas autóctonas de Galicia que creen o gestionen libros genealógicos y aprobó los programas para su conservación, mejora y fomento.

    Este decreto se elaboró con la finalidad de adecuar la normativa autónomica respeto de las razas autóctonas gallegas a la normativa estatal recogida en el Real decreto 2129/2008, de 26 de diciembre, por el que se establece el programa nacional de conservación, mejora y fomento de las razas autóctonas.

    La aprobación del Reglamento (UE) 2016/1012, del Parlamento Europeo y del Consejo de 8 de junio de 2016, relativo a las condiciones zootécnicas y genealógicas de la cría, el comercio y la entrada en la Unión de animales reproductores de raza pura, porcinos reproductores híbridos y su material reproductivo, y por el que se modifican el Reglamento UE nº 652/2014 y las Directivas 89/608/CEE y 90/425CEE del Consejo y se derogan determinados actos en el ámbito de la cría animal ("Reglamento sobre cría animal"), supuso la necesidad de adaptar el anterior Real decreto 2129/2008, de 26 de diciembre, a las modificaciones introducidas por la normativa europea y se publicó a nivel estatal el Real decreto 45/2019, de 8 de febrero.

  • Problemas que se pretenden solucionar:

    En el tiempo transcurrido desde que se publicó el Decreto 149/2011 se produjeron cambios normativos importantes sobre diferentes aspectos y se hace necesario adaptarlo a la normativa vigente para su adecuación y para incorporar otros aspectos contemplados en el nuevo marco legislativo.

  • Necesidad y oportunidad de su aprobación:

    La necesidad de la aprobación de esta modificación surge con la finalidad de ordenar la normativa autonómica respeto de las razas autóctonas gallegas a la normativa de ámbito estatal y al nuevo marco comunitario con la aprobación del Reglamento (UE) 2016/1012, del Parlamento Europeo y del Consejo de 8 de junio de 2016, relativo a las condiciones zootécnicas y genealógicas para la cría, comercio y entrada en la Unión de animales reproductores de raza pura, porcinos reproductores híbridos y su material reproductivo.

  • Objetivos:

    El objetivo de este decreto es adaptar el Decreto 149/2011, de 7 de julio, a la normativa estatal aprobada por el Real decreto 45/2019, de 8 de febrero, actualizando determinados aspectos y términos para incluir las nuevas obligaciones contempladas en la normativa vigente.

  • Posibles soluciones, alternativas, regulatorias y no regulatorias:

    Debido a los importantes cambios normativos de los últimos años, en los que las modificaciones son tan sustanciales, se considera necesario una regulación más completa, toda vez que la norma vigente no está actualizada.

  • Rango de la norma:

    Decreto