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Antecedentes:
El antecedente inmediato lo constituye el Decreto legislativo 2/2015, de 12 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de igualdad. El decreto legislativo refunde la Ley 7/2004, de 16 de julio, gallega para la igualdad de mujeres y hombres y la Ley 2/2007, de 28 de marzo, del trabajo en igualdad de las mujeres de Galicia.
En los 17 años que siguieron a la publicación de las leyes refundidas se aprobaron numerosas normas en la materia, siendo las más relevantes la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres; la Ley 11/2007, de 27 de julio, gallega para la prevención y tratamiento integral de la violencia de género; leyes modificativas del Estatuto de los Trabajadores; Real Decreto legislativo 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes de garantía de la igualdad de trato en el empleo y en la ocupación; Real decreto 901/2020, de 13 de octubre, sobre planes de igualdad y Real decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva, y la Directiva 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la conciliación de la vida familiar y profesional de los progenitores y cuidadores.
Por el contrario, el Decreto legislativo 2/2015 no experimentó apenas más modificaciones que las puntuales operadas en materia de empleo público, la de certificaciones de excelencia y la reciente Ley 13/2021, de 20 de julio, de evaluación de méritos en el ámbito universitario y de la investigación.
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Problemas que se pretenden solucionar:
Las Leyes 7/2004 y 2/2007 fueron pioneras y gracias a ellas se consiguieron importantes mejoras en la igualdad entre mujeres y hombres, pero sigue siendo necesario continuar avanzando y renovar el compromiso de la Xunta en su consecución.
La ley proyectada pretende actualizar conceptos y adecuar la normativa a las más recientes normas de derecho internacional e interno, y a la doctrina y a la jurisprudencia comunitaria y constitucional.
Igualmente pretende consolidar y profundizar en las medidas existentes e introducir otras nuevas que contribuyan a alcanzar la igualdad efectiva entre mujeres y hombres en el actual entorno laboral, social y económico, especialmente marcado por la incidencia de la digitalización.
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Necesidad y oportunidad de su aprobación:
La nueva ley se hace necesaria para reforzar el compromiso de la Comunidad Autónoma de Galicia en la consecución de la igualdad de género y para crear el marco legal adecuado para su promoción en todos los ámbitos competenciales de la comunidad autónoma.
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Objetivos:
La nueva ley tendrá entre otros objetivos:
- Introducir nuevos conceptos procedentes de la jurisprudencia constitucional y comunitaria.
- Actualizar los contenidos normativos e introducir nuevas medidas en todos los ámbitos competenciales de la comunidad autónoma: sanitario, educativo, laboral, empleo público, vida local, medio rural, cultura, ocio...
- Establecer actuaciones en relación con la discriminación múltiple.
- Incorporar la idea de bienestar laboral de la mujer.
- Regular la formación mínima en igualdad para la implantación de planes y medidas de igualdad laboral.
- Reforzar la igualdad de género en materia de digitalización, con medidas para fomentar la formación en habilidades digitales y su uso en el trabajo, así como de protección de las mujeres frente a ataques sexistas a través de los medios tecnológicos.
- Regular el estatuto específico de la mujer rural y del mar.
- Regular programas municipales de ciudad segura.
- Reordenar sistemáticamente la regulación contenida en el Decreto legislativo 2/2015 con la finalidad de concretar las obligaciones de la comunidad autónoma.
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Posibles soluciones, alternativas, regulatorias y no regulatorias:
Toda vez que se pretende adecuar y mejorar la legislación autonómica vigente en materia de igualdad, la aprobación de un nuevo texto legal resulta el único instrumento adecuado.
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Rango de la norma:
Ley