Ley por la que se modifica la Ley 10/2013, de 27 de noviembre, de inclusión social de Galicia

Órgano o entidad impulsora: Secretaría General Técnica

Departamento: Consellería de Política Social - Secretaría General Técnica

Estado actual: Consulta cerrada

Plazo en el que estuvo abierta la consulta: 30/09/2021 - 14/10/2021

Información sobre la norma :

  • Antecedentes:

    Al amparo del artículo 27.23 del Estatuto de autonomía de Galicia, los precedentes normativos reguladores de las medidas básicas para la inserción social en la Comunidad Autónoma desde el año 1991, y en el marco del diálogo social, el Parlamento de Galicia aprobó la Ley 10/2013, de 27 de noviembre, de inclusión social de Galicia (DOG número 249, de 31 de diciembre de 2013), que regula una nueva renta de inclusión social de Galicia (RISGA) y también unas nuevas ayudas de inclusión social (AIS). En virtud del mandato legal de la elaboración de las disposiciones que fueran precisas para su desarrollo y aplicación, el Consello da Xunta aprobó el  Decreto 14/2019, de 31 de enero, de desarrollo de la Ley 10/2013, de 27 de noviembre, de inclusión social de Galicia, en lo relativo a la tramitación de la renta de inclusión social de Galicia y de las ayudas de inclusión social (DOG nº 43, de 1 de marzo de 2019).

    Con fecha de 1 de junio de 2020, se publicó en el Boletín Oficial de él Estado el Real Decreto-Ley 20/2020, de 29 de mayo, por el que se establece el ingreso mínimo vital, que se configura como una prestación económica en su modalidad no contributiva, destinada, al igual que la (RISGA), a aquellas personas que se encuentran en una situación de vulnerabilidad por carecer de recursos económicos suficientes para la cobertura de sus necesidades básicas. El ingreso mínimo vital (IMV) se constituye, por lo tanto, como una nueva prestación económica no contributiva integrada dentro del sistema de la Seguridad Social con carácter estructural y complementario con las rentas y prestaciones establecidas en las Comunidades Autónomas. 

    La puesta en marcha de esta prestación lleva consigo necesariamente la reordenación de las ayudas estatales y autonómicas existentes con el fin de evitar duplicidades y facilitar su complementación en el marco de la garantía de ingresos.

  • Problemas que se pretenden solucionar:

    La aprobación del citado IMV y la existencia en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia de una prestación económica que garantiza un nivel mínimo de renta a quién se encuentre en situación de exclusión social y vulnerabilidad económica (como es la RISGA), deber a clarificar y aportar seguridad jurídica a la coexistencia de prestaciones cuyos objetos de concesión son, en muchos casos, concurrentes.

    Al mismo tiempo, hace falta establecer apoyos en los procesos de inclusión social y laboral de las personas beneficiarias del IMV, así como introducir modificaciones que tienen como finalidad conseguir la simplificación y la agilización de la gestión de la RISGA y de las AIS. 

  • Necesidad y oportunidad de su aprobación:

    La aprobación de una Ley de modificación de la legislación autonómica vigente en materia de inclusión social, tiene como finalidad cumplir el mencionado objetivo de reforma y adecuación al nuevo contexto originado por la aprobación del IMV de las prestación y ayudas reguladas en la Ley 10/2013, de 27 de noviembre, y en el Decreto 14/2019, de 31 de enero, de modo que se eviten duplicidades y se garantice un sistema complementario a las personas que son beneficiarias del IMV, con el fin de avanzar de manera más eficaz en la superación de la pobreza, la exclusión social y la desigualdad.

  • Objetivos:

    Esta Ley tiene por objeto a modificación de la Ley 10/2013, de 27 de noviembre, y del Decreto 14/2019, de 31 de enero, para adaptarlos al nuevo contexto surgido con la implementación del IMV. 

    Al mismo tiempo, dada la experiencia acumulada en la aplicación de dichas disposiciones normativas, también se establece como objetivo la realización de modificaciones que impliquen mejoras en la gestión de la RISGA y de las AIS. 

  • Posibles soluciones, alternativas, regulatorias y no regulatorias:

    De acuerdo con lo expuesto, dado que lo que se precisa es adaptar los textos normativos vigentes en materia de inclusión social, se hace necesario abordar la modificación de la normativa vigente con la elaboración de una Ley de modificación de la Ley 10/2013, de 27 de noviembre, y de su decreto de desarrollo (Decreto 14/2019, de 31 de enero).

  • Rango de la norma:

    Ley

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