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Antecedentes:
Las enseñanzas técnico deportivas se incorporaron al sistema educativo en 1997 al amparo del Real decreto 1913/1997, de 19 de diciembre, y en desarrollo de esta norma, en la CC. AA. de Galicia aún siguen implantadas las modalidades de Balonmano, Deportes de invierno, Deportes de montaña y escalada, Fútbol y Fútbol sala.
Con la implantación de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley 3/2020, de 29 de diciembre, se promulgó el Real decreto 1363/2007, de 24 de octubre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial, y se desarrollaron los currículos correspondientes a los títulos de técnico deportivo en Atletismo, Baloncesto, Buceo deportivo con escafandra autónoma, Hípica, Yudo y defensa personal, Salvamento y socorrismo, Piragüismo y Vela, así como los de técnico deportivo superior en Atletismo, Baloncesto, Hípica y Piragüismo.
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Problemas que se pretenden solucionar:
A día de hoy coexisten dos regulaciones diferentes provocando situaciones confusas a la hora de la aplicación de distintos procedimientos diferenciados según la modalidad deportiva de la que se trate, en función de la regulación por la que se ha establecido cada título.
Con esta norma se pretende garantizar una correcta organización académica en los centros que imparten las enseñanzas deportivas de régimen especial.
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Necesidad y oportunidad de su aprobación:
Procede concretar y unificar, en la medida en que la normativa vigente lo permite, los procedimientos que desarrollen, para el ámbito de actuación territorial de la Comunidad Autónoma de Galicia, lo previsto en dichas normas de referencia, con el objeto de garantizar una correcta organización académica en los centros que imparten las enseñanzas deportivas de régimen especial.
En esta orden que se propone publicar se concretan algunos aspectos de estas enseñanzas que no están suficientemente desarrolladas en el Real decreto 1363/2007, de 24 de octubre, ni en la Orden de 30 de mayo de 2008, por la que se regula la evaluación de las enseñanzas conducentes a la obtención de los títulos de técnico deportivo y técnico deportivo superior en la Comunidad Autónoma de Galicia.
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Objetivos:
El objetivo de esta orden de deportes es desarrollar determinados aspectos de la ordenación académica en las modalidades deportivas de enseñanzas de régimen especial implantadas en la Comunidad Autónoma de Galicia, al amparo de los decretos por los que se establecen los currículos de los ciclos correspondientes a los títulos de técnico y técnico superior de estas enseñanzas.
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Posibles soluciones, alternativas, regulatorias y no regulatorias:
Se revisarán todas las aportaciones que se realicen tras la publicación de este anteproyecto en el portal de Transparencia, por si hubiera que añadir o modificar algún artículo que aclare algún aspecto de esta normativa, dado que en ella se contemplan muchas modalidades deportivas diferentes y algunas de ellas aún se regulan al amparo del Real decreto 1913/1997, de 19 de diciembre.
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Rango de la norma:
Orden