Decreto por el que se regula el Registro de Instalaciones Deportivas de Galicia

Órgano o entidad impulsora: Secretaría General para el Deporte

Departamento: La Presidencia de la Xunta - Secretaría General para el Deporte

Estado actual: Consulta cerrada

Plazo en el que estuvo abierta la consulta: 28/01/2020 - 12/02/2020

Información sobre la norma :

  • Antecedentes:

    La Ley 3/2012, de 2 de abril, dedica el Título VI a las instalaciones deportivas, creando en su Capítulo I el Registro de Instalaciones Deportivas de Galicia. Así, en el artículo 77 se dispone que le corresponde a la Administración autonómica la creación y custodia del Registro de Instalaciones Deportivas de Galicia, en el que se inscribirán las instalaciones deportivas de uso público de la Comunidad Autónoma.

  • Problemas que se pretenden solucionar:

    Es necesario desarrollar reglamentariamente, entre otros aspectos, los requisitos para la inscripción de las instalaciones deportivas, órganos responsables del Registro, agentes autorizados para efectuar los asientos, distribución competencial entre las Administraciones responsables de instalaciones deportivas, la tipología de instalaciones, el sistema de clasificación de estas, el soporte del Registro y el uso y acceso al Registro.

  • Necesidad y oportunidad de su aprobación:

    A través del Acuerdo de 16 de enero el Consello da Xunta encomienda a la Secretaría General para el Deporte la creación y custodia del Registro de Instalaciones Deportivas de Galicia, en el que se inscribirán las instalaciones deportivas de uso público de la Comunidad Autónoma. La creación del Registro se aprobará a través de la correspondiente disposición normativa, que deberá ajustarse a lo establecido en la Ley del deporte de Galicia, por lo que corresponde establecer esta regulación a través de la norma reglamentaria pertinente.

  • Objetivos:

    Desarrollar la Ley 3/2012, de 2 de abril, del deporte de Galicia con respeto al ámbito regulativo del Registro de Instalaciones Deportivas de Galicia.

  • Posibles soluciones, alternativas, regulatorias y no regulatorias:

    A día de hoy solamente se contempla como solución la aprobación del decreto.

  • Rango de la norma:

    Decreto