Orden por la que se regula el establecimiento de una tarifa específica para la gente joven en el transporte público interurbano de la competencia de la Xunta de Galicia

Órgano o entidad impulsora: Dirección General de Movilidad

Departamento: Consellería de Infraestructuras y Movilidad - Dirección General de Movilidad

Estado actual: Consulta cerrada

Plazo en el que estuvo abierta la consulta: 30/10/2019 - 05/11/2019

Información sobre la norma :

  • Antecedentes:

    La Xunta de Galicia, junto con las administraciones municipales de las principales aglomeraciones urbanas de Galicia, puso en marcha el Plan de transporte metropolitano de Galicia (PTMG), consistente en un conjunto de programas dirigidos a potenciar la utilización del transporte público colectivo. Uno de los ejes de actuación prioritarios de este PTMG es el programa de integración tarifaria, a través de la ordenación de la oferta de transporte y el abaratamiento del coste por viaje a las personas usuarias.

    La política tarifaria aplicada en el campo del Plan de Transporte Metropolitano supone una especialidad respeto del marco tarifario general previsto en el ámbito de nuestra comunidad autónoma. Esta especialidad se basa en que se trata de un programa específico destinado a fomentar el uso del transporte público y afecta a las tarifas aplicables a las personas usuarias.

    El antecedente normativo de la orden de la que se inicia su tramitación es la Orden de la Consellería de Infraestructuras y Vivienda, de 8 de agosto de 2016, por la que se regula el establecimiento de una tarifa específica para la gente joven en el campo del Plan de Transporte Metropolitano de Galicia (DOG nº 161, de 26 de agosto de 2016).

  • Problemas que se pretenden solucionar:

    • Se extiende el colectivo de aplicación para cubrir un segmento más amplio de edad dentro de la juventud.
    • Incrementar el ámbito territorial de aplicación con la implantación progresiva a toda Galicia.
    • Prever la posibilidad de innovación tecnológica, pudiendo acordar la habilitación de otros medios tecnológicos equivalentes que complementen o, incluso, sustituyan la Tarjeta Gente Joven como medio tecnológico habilitado para la aplicación de la Tarifa Gente Joven.
  • Necesidad y oportunidad de su aprobación:

    La Tarjeta Gente Joven presenta una utilización cada vez mayor por parte de la población de 4 a 18 años en las áreas en las que es aplicable y ahora se pretende incrementar el segmento de edad atendido y, progresivamente, a ámbitos territoriales superiores a los de las áreas de transporte metropolitano. Se promueve así la movilidad en este colectivo, con una serie de consecuencias positivas derivadas, entre las que destacan la mayor integración social, formativa y laboral de la infancia y de la juventud y la reducción del uso del vehículo particular por parte de padres y madres encargados/as de su traslado, con la consecuente reducción del impacto ambiental.

  • Objetivos:

    Promover la movilidad sostenible en la gente joven y su integración social, formativa y laboral, facilitando el acceso al transporte público de Galicia en un segmento de edad más amplio dentro de la juventud.

  • Posibles soluciones, alternativas, regulatorias y no regulatorias:

    • Bonificaciones para el uso del transporte público en la juventud.
    • Concienciación sobre las ventajas del uso del transporte público.
    • Establecer medios de pago del transporte público cómodos y eficientes para la población.
  • Rango de la norma:

    Orden