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Antecedentes:
La Comunidad Autónoma de Galicia, de acuerdo con la Constitución y su Estatuto de Autonomía (artículos 27 y 28), ostenta la competencia exclusiva en materia de pesca en aguas interiores, marisqueo y acuicultura, así como la competencia para el desarrollo legislativo y la ejecución de la legislación del Estado en el ámbito de la ordenación del sector pesquero.
En el ejercicio de estas competencias se aprobó la Ley 11/2008, de 11 de diciembre, de pesca de Galicia. Su título II regula las medidas de conservación y de gestión de los recursos pesqueros y marisqueros, y su título IV, el marisqueo.
En la actualidad, el desarrollo de la actividad de marisqueo se regula principalmente en el título I del Decreto 423/1993, de 17 de diciembre, por el que se refunde la normativa vigente en materia de marisqueo, extracción de algas y cultivos marinos, en el que se ordena la explotación de los recursos marisqueros a través planes de explotación y gestión de vigencia anual.
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Problemas que se pretenden solucionar:
Falta de adaptación de la normativa vigente a la situación o grado actual de evolución organizativa del sector marisquero, después de los 25 años transcurridos desde la promulgación del Decreto 423/1993, de 17 de diciembre.
La regulación actual no contempla los aspectos medioambientales en los planes, derivados de la aplicación de la DMEM y del reconocimiento del marisqueo como actividad encuadrada en la economía azul que depende y contribuye al mantenimiento del buen estado del medio marino.
Falta de adecuación de los planes de vigencia anual basados en el volumen del stock para el seguimiento de los indicadores de la salud de los stock establecidos en la DMEM, y para una correcta evaluación de la gestión de la explotación marisquera de acuerdo con las recomendaciones técnicas actuales.
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Necesidad y oportunidad de su aprobación:
Para actualizar la normativa de desarrollo de la actividad marisquera, aumentar la eficiencia administrativa sobre la cuestión, mejorar la evaluación de las explotaciones marisqueras y armonizar e incluir reglamentariamente los aspectos medioambientales antes señalados en los planes de gestión, se necesita realizar una revisión de las normas contenidas en el título I del Decreto 423/1993, de 17 de diciembre, y resto de normas que resulten afectadas.
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Objetivos:
Garantizar una gestión sostenible de los recursos marisqueros a través de la implantación de un sistema de planes de gestión de recursos marisqueros de vigencia trianual, que contemple objetivos a medio plazo medioambientales, económicos, sociales y de empleo, adaptados al grado actual de evolución organizativa alcanzado por el sector.
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Posibles soluciones, alternativas, regulatorias y no regulatorias:
Tratándose de un proyecto normativo que deroga parcialmente un decreto, se considera que no existe otra opción que la publicación de un reglamento del mismo rango jurídico que las normas que sustituye y modifica.
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Rango de la norma:
Decreto