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Órgano o entidad impulsora: Dirección General de Ordenación Forestal
Departamento: C. del Medio Rural - Dirección General de Ordenación Forestal
Estado actual: Consulta cerrada
Plazo en el que estuvo abierta la consulta: 04/05/2018 - 19/05/2018
Información sobre la norma :
Antecedentes:
La Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia, ha visto modificada su redacción original por diversas normas:
Problemas que se pretenden solucionar:
Las diferentes modificaciones realizadas en la Ley 3/2007, de 9 de abril, por diferentes normas desde su entrada en vigor hacen necesaria la elaboración de un texto refundido en el que se integren, debidamente regularizadas, aclaradas y armonizadas las dichas modificaciones, con el fin de estructurar y ordenar en una única disposición general los preceptos en la materia. El objetivo final se centra en evitar la dispersión de tales normas y el fraccionamiento de las disposiciones que recogen la regulación en materia de prevención y lucha contra los incendios forestales en Galicia.
Necesidad y oportunidad de su aprobación:
Las olas de fuego que especialmente en determinadas épocas del año sufre la Comunidad Autónoma Gallega hacen necesario y oportuno la actualización, aclaración y armonización de las estrategias que incluyan medidas y actuaciones, no solo de organización territorial estructural, sino también de control de la existencia de biomasa vegetal con alto potencial combustible en las cercanías de los núcleos de población, asegurando su retirada con anterioridad a la época de peligro de incendios.
Objetivos:
La evolución de la importancia económica, social y medioambiental del monte gallego en los últimos años, y la proliferación de olas de fuego que asolan nuestra comunidad, hacen necesaria la adopción de una norma que venga a actualizar, aclarar y armonizar las disposiciones que fijan las estrategias de defensa de los montes o terrenos forestales frente a los incendios y protección de las personas y bienes afectados, así como la adopción de políticas activas de prevención coordinadas de todas las administraciones públicas.
Rango de la norma:
Decreto