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Órgano o entidad impulsora: Dirección Xeral Desenvolvemento Pesqueiro
Departamento: C. del Mar - Dirección General de Desarrollo Pesquero
Estado actual: Consulta cerrada
Plazo en el que estuvo abierta la consulta: 26/06/2017 - 11/07/2017
Información sobre la norma :
Antecedentes:
Al amparo del Decreto 428/1993, fue publicada la Orden de 13 de junio de 1994 por la que se regulan los órganos de gobierno de los centros de formación náutico-pesquera, dependientes de la Consellería de Pesca, Marisqueo y Acuicultura, que desarrolla y regula el preceptuado en el título tercero de la Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación. La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, regula en su capítulo IV del título V, las Direcciones de los centros docentes públicos que imparten las enseñanzas reguladas en la ley, y en el capítulo III del mismo título el Consejo Escolar y el Claustro de Profesorado, como órganos colegiados de gobierno de los centros públicos.La Ley orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, modificó algunos aspectos de la regulación establecida en la Ley 2/2006 en lo relativo las competencias y a los procedimientos de selección de los órganos de gobierno de los centros públicos.
Problemas que se pretenden solucionar:
La Orden de 13 de junio de 1994 contemplaba la selección de la Dirección de los centros por el Consejo Escolar y la Ley orgánica 2/2006 indica que la selección y el nombramiento de la Dirección de los centros públicos tiene que efectuarse mediante un concurso de méritos.En referencia a los requisitos de la persona candidata que opte a la Dirección, conforme a la Orden del año 1994 tenía que ser profesorado con destino definitivo en el centro, y la Ley orgánica no recoge tal exigencia cuando establece los requisitos para poder participar en el concurso de méritos.
Necesidad y oportunidad de su aprobación:
Dado el tiempo transcurrido se hace necesario actualizar la regulación de los órganos de gobierno de los centros de formación náutico y marítimo-pesquera establecida en dicha Orden del año 1994 conforme a la normativa vigente.
Objetivos:
La presente orden tiene por objeto regular los órganos de gobierno de los centros oficiales de formación náutico y marítimo pesquera dependientes de la Consellería del Mar, en lo relativo al procedimiento de selección, nombramiento y funciones.
Posibles soluciones, alternativas, regulatorias y no regulatorias:
No existe otra opción no regulatoria porque se trata de substituir una orden reguladora y tiene que ser con una norma del mismo rango reglamentario.
Rango de la norma:
Orden