Decreto por el que se aprueba el Reglamento de la Comisión Gallega de Control de la Violencia en el Deporte

Órgano o entidad impulsora: Secretaría General para el Deporte

Departamento: La Presidencia de la Xunta - Secretaría General para el Deporte

Estado actual: Consulta cerrada

Plazo en el que estuvo abierta la consulta: 12/06/2017 - 30/06/2017

Información sobre la norma :

  • Antecedentes:

    El Estatuto de autonomía de Galicia, aprobado por la Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril, en su artículo 27.22, atribuye a la Comunidad Autónoma gallega a competencia exclusiva en materia de promoción del deporte.

    En ejercicio de sus competencias legislativas en materia de promoción del deporte y de la adecuada utilización del ocio, el Parlamento de Galicia dicta la Ley 3/2012, de 2 de abril, del deporte de Galicia, estableciéndose un nuevo marco jurídico para el desarrollo de la política deportiva de la Comunidad Autónoma de Galicia.

    La dicha norma prevé expresamente, en el artículo cinco, la competencia exclusiva de la Administración autonómica para llevar a cabo el desarrollo reglamentario de la ley.

    En este punto, se hace necesario señalar que las funciones que se atribuyen la esta Comisión deben entenderse en el marco de lo dispuesto en la vigente Ley 3/2012, de 2 de abril, del deporte de Galicia, modificada por la Ley 13/2015, de 24 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas y de conformidad con el acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Galicia, sin que en ningún caso suponga menoscabo ni limite del ejercicio competencial por parte de la Administración General del Estado en materia de seguridad, protección de personas y bienes y mantenimiento de la orden pública.

  • Problemas que se pretenden solucionar:

    A día de hoy es necesario dar cobertura y respuesta a las denuncias y adoptar decisiones derivadas de incidentes con ocasión de la practica de competiciones oficiales deportivas de ámbito regional, provincial, zonal o local, toda vez que la Comisión Estatal contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte actúa en las competiciones oficiales deportivas de ámbito estatal.

  • Necesidad y oportunidad de su aprobación:

    Aprobación del reglamento de funcionamiento y composición de la Comisión Gallega de Control de la Violencia en el deporte.

  • Objetivos:

    A día de hoy solamente se contempla una solución regulatoria, en cumplimiento de mandato legal.

  • Rango de la norma:

    Decreto