Decreto por el que se crea y desarrolla el registro de masas consolidadas de frondosas autóctonas para favorecer la gestión forestal sostenible

Órgano o entidad impulsora: Dirección Xeral de Ordenación Forestal

Departamento: C. del Medio Rural

Estado actual: Consulta cerrada

Plazo en el que estuvo abierta la consulta: 18/05/2017 - 06/06/2017

Información sobre la norma :

  • Antecedentes:

    Según los datos del Cuarto Inventario Forestal Nacional, en Galicia hay 1.400.000 ha arboladas, en números redondos. De ellas, las masas de frondosas autóctonas suman más de 415.000 ha puras o mezcladas, principalmente compuestas por individuos de los géneros Quercus, Castanea y Betula.

    El artículo 126.1 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia crea el Sistema registral forestal de Galicia, incluyendo en él el Registro de masas consolidadas de frondosas autóctonas, donde quedarán registradas aquellas masas descritas en el artículo 93 de la ley.

  • Problemas que se pretenden solucionar:

    En el decreto se debe recoger el concepto, concretándolo si es necesario, regular el procedimiento de inscripción, el acceso al registro y los efectos de la inscripción de una masa (beneficios y deberes, particularmente en lo que se refiere a los aprovechamientos y la gestión conjunta de la masa).

     

  • Necesidad y oportunidad de su aprobación:

    La necesidad viene determinada por la conveniencia de poner en valor estas masas forestales, facilitando su gestión. Su registro también será necesario para que puedan acogerse a subvenciones.

  • Objetivos:

    Crear y desarrollar el registro de masas consolidadas de frondosas autóctonas.

  • Posibles soluciones, alternativas, regulatorias y no regulatorias:

    No regular este registro.

     

  • Rango de la norma:

    Decreto

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