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Antecedentes:
La Ley 39/2015, del 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y la Ley 40/2015, del 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, suponen un nuevo escenario normativo para la consolidación de la administración digital en las administraciones públicas, y por lo tanto también en la administración general y sector público autonómico de Galicia.
La Ley 39/2015 deroga expresamente la Ley 30/1992, del 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y la Ley 11/2007, del 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, que hasta lo de ahora constituían la base normativa para el desarrollo de la administración electrónica.
En el marco autonómico, el Decreto 198/2010, del 2 de diciembre, por el que se regula el desarrollo de la Administración electrónica en la Xunta de Galicia y en las entidades de ella dependientes, supuso un cambio organizativo sustancial, ya que ordena el proceso de desarrollo de los servicios electrónicos y determina el régimen regulador del derecho de la ciudadanía a relacionarse con la Administración pública gallega por medios electrónicos y el Decreto 191/2011, del 22 de septiembre, de organización y funcionamiento de los registros de la Administración general y de las entidades públicas instrumentales de la Comunidad Autónoma de Galicia, establece el marco jurídico del Sistema Único de Registro de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia y de las entidades públicas instrumentales del sector público autonómico.
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Problemas que se pretenden solucionar:
La normativa autonómica en este ámbito tiene un carácter meramente reglamentario en el marco general establecido por la normativa estatal a través de la elaboración de una base normativa en desarrollo de las competencias propias de la Comunidad Autónoma de Galicia.
De este modo, resulta clave dotar nuestro ordenamiento jurídico de un marco coherente actualizado y ordenado que sistematice las relaciones administrativas digitales «ad extra» y «ad intra» en la Xunta de Galicia, los derechos de las personas en sus relaciones digitales y promueva un régimen jurídico nuevo en la administración digital en la Administración general y del sector público de Galicia según las prescripciones básicas establecidas en la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y en la Ley 40/2015, del 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.
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Necesidad y oportunidad de su aprobación:
La aprobación de una ley de administración digital de Galicia permitirá:
- Dotar a la Xunta de Galicia de un marco legal que, desde una perspectiva transversal, permita dar coherencia a la actuación global en materia de administración electrónica.
- Establecer, dentro del marco normativo general en materia de administración electrónica, los principios rectores de la intervención pública de las Administraciones públicas de Galicia.
- Ofrecer una mayor eficacia, eficiencia y simplificación de los procedimientos a través de los cuales los ciudadanos y las empresas se relacionan con la Administración general y del sector público autonómico de Galicia.
- Alcanzar un contexto normativo global y coherente como punto de partida para incentivar la inversión pública y privada en este ámbito, dotando de la seguridad jurídica necesaria para generar confianza al sector, confirmando la apuesta decidida de la Administración autonómica en el desarrollo de las TIC.
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Objetivos:
- Desarrollar el marco digital de referencia en la Administración general y del sector público autonómico según los principios de servicio efectivo a los ciudadanos, transversabilidad, simplicidad, claridad, cercanía, cooperación, colaboración y coordinación entre las Administraciones públicas, racionalización y agilidad de los procedimientos administrativos y de las actividades materiales de gestión.
- Establecer y regular las bases del régimen jurídico de la Administración digital en la Administración general y del sector público de Galicia, así como la organización y funcionamiento de la Administración digital para alcanzar un contexto 100% digital.
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Posibles soluciones, alternativas, regulatorias y no regulatorias:
El actual marco normativo de administración electrónica que está integrado por decretos, órdenes y demás disposiciones de inferior rango.
En este sentido, se valoró la modificación de la base normativa actual compuesta, principalmente, por el Decreto 198/2010, del 2 de diciembre, por lo que se regula el desarrollo de la Administración electrónica en la Xunta de Galicia y en las entidades de ella dependientes, y el Decreto 191/2011, del 22 de septiembre, de organización y funcionamiento de los registros de la Administración general y de las entidades públicas instrumentales de la Comunidad Autónoma de Galicia. Dada la mayor amplitud de la ley que se pretende desarrollar se opta por la redacción de una nueva norma, con rango de ley, para integrar todo el marco digital de referencia en la Administración general y del sector público autonómico.
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Rango de la norma:
Ley