La Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia prevé en su artículo 5 que los órganos de la Administración que propongan el establecimiento de subvenciones concreten en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, y se supeditarán, en todo caso, al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.
Por su parte, el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, aprobado por el Decreto 11/2009, de 8 de enero, prevé en su artículo 6 que cada consellería elaborará una planificación estratégica de las subvenciones que hayan previsto convocar la consellería y los organismos y entidades dependientes o vinculadas a ella. La planificación deberá ser coherente con los documentos de planificación y objetivos que se elaboren cada año en el marco del proceso de elaboración de los presupuestos generales de la comunidad autónoma.
Planes estratégicos de subvenciones