C. de Política Social y Juventud
Consejo Gallego de Bienestar
Composición del órgano colegiado
- Presidente: persona titular de la consellería competente en materia de servicios sociales. (Actualmente: conselleiro de Política Social)
- Secretario/a: persona titular de una de las subdirecciones generales competentes en materia de servicios sociales comunitarios o familia, por esta orden respectivamente, adscritas al órgano superior que tenga atribuida la función de coordinación de los servicios sociales (actualmente: subdirectora general de Política Familiar, Infancia y Adolescencia)
- Vocales
- Siete en representación de las consellerías de la Administración autonómica competente en las siguientes áreas, por propuesta de sus respectivos órganos superiores:
- Un representante de la Consellería de Trabajo y Bienestar del área de trabajo.
- Un representante de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria.
- Un representante de la Consellería de Sanidad.
- Un representante de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras del área de vivienda.
- Un representante de la Presidencia de la Xunta de Galicia en el área de igualdad.
- Dos por la Consellería de Trabajo y Bienestar del área de bienestar.
- Seis en representación de las entidades locales por propuesta de la Federación Gallega de Municipios y Provincias de los/de las cuales tres serán en representación de los ayuntamientos de más de 20.000 habitantes y tres en representación de los ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes.
- Tres en representación de las organizaciones sindicales más representativas en la comunidad autónoma, por propuesta de las respectivas organizaciones sindicales, para lo cual se aplicará el criterio de mayor representatividad de carácter intersectorial en el ámbito de Galicia.
- Tres en representación de las organizaciones empresariales intersectoriales más representativas en la comunidad autónoma, por propuesta de la Confederación de Empresarios de Galicia.
- Tres en representación de las organizaciones profesionales agrarias más representativas a nivel gallego, por propuesta del Consejo Agrario Gallego.
- Doce en representación de las entidades prestadoras de servicios sociales definidas en el artículo 30 de la Ley 13/2008, de 3 de diciembre, de servicios sociales, que serán elegidos/as entre las entidades inscritas en el Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales de la Consellería de Trabajo y Bienestar, de manera que se garantice una representación de cada área de actuación, por propuesta de la Secretaría General de Política Social o del órgano que tenga atribuida la coordinación del funcionamiento del Consejo Gallego de Bienestar Social, que resulten del procedimiento establecido en el artículo 6 de este decreto.
- Dos en representación de las asociaciones que velen por los intereses de los usuarios de centros y servicios sociales, propuestos/as por el Consejo Gallego de Consumidores y Usuarios.
- Tres representantes de las universidades de Galicia, un/una por cada una de ellas designados por sus órganos de gobierno.
- Un/una en representación de cada uno de los siguientes colegios profesionales, propuestos por su órgano de gobierno:
- 1.º Colegio Oficial de Psicología de Galicia.
- 2.º Colegio de Politólogos/as y Sociólogos/as de Galicia.
- 3.º Colegio Oficial de Trabajo Social de Galicia.
- 4.º Colegio de Educadoras y Educadores Sociales de Galicia.
- Dos representantes de la Administración general del Estado, a propuesta de la delegación de Gobierno en Galicia (de acuerdo con el artículo 40.2 de la Ley 13/2008, de 3 de diciembre, de servicios sociales de Galicia, modificado por la disposición final primera de la Ley 1/2015, de 1 de abril, de garantía de la calidad de los servicios públicos y de la buena administración) - pendientes de nombramiento
- Un representante de la Administración autonómica con rango de director general o secretario general, propuesto por el titular de la consellaría competente en materia de justicia - (D.T.4ª Ley 14/2013, de 26 de diciembre, de racionalización del sector público autonómico) - pendientes de nombramiento
- Dos representantes de las asociaciones de inmigrantes que actúen en el ámbito de la inmigración en la Comunidad Autónoma de Galicia - (D.T.4ª Ley 14/2013, de 26 de diciembre, de racionalización del sector público autonómico) - pendientes de nombramiento
- Una persona representante de las organizaciones sin fines de lucro que trabajen a favor de la integración de los inmigrantes en Galicia - (D.T.4ª Ley 14/2013, de 26 de diciembre, de racionalización del sector público autonómico) - pendientes de nombramiento
- Siete en representación de las consellerías de la Administración autonómica competente en las siguientes áreas, por propuesta de sus respectivos órganos superiores: